Certificación Oficial de Cumplimiento
Preguntas Frecuentes:
1. ¿Cuándo puedo solicitar la renovación del certificado en materia de PLD/FT?
En cualquier proceso de los referidos en la convocatoria que para tal efecto se publique, es decir, una vez que usted cuente con un certificado en materia de PLD/FT, podrá decidir en
qué proceso de certificación se inscribirá para renovar el mismo, cabe mencionar que la expedición de un nuevo certificado dejará sin efectos el emitido con anterioridad. Link
2. ¿Cuál es el proceso para renovar la certificación en materia de PLD/FT?
Para obtener la renovación deberá presentar la evaluación y obtener un resultado aprobatorio, para lo cual deberá observar los mismos requisitos y procedimientos del proceso de obtención del certificado. Lo anterior, conforme a las fechas previstas en la convocatoria que para tales efectos emita la Comisión. Link
3.- ¿Dónde puedo encontrar el calendario correspondiente a la Certificación?
El calendario con las fechas para iniciar con el proceso de certificación se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://iprofi.com.mx/convocatoria-certificacion-cnbv-2022/
4. ¿Necesito acreditar horas de capacitación para solicitar la renovación del certificado?
No, con la finalidad de disminuir la carga económica de los interesados en renovar su certificado, se deroga la obligación relativa a las horas de capacitación que se tenían que cubrir previo a presentar la evaluación.
Ésto de conformidad con las Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento
al terrorismo publicadas el 1 de noviembre de 2019, a fin de obtener la renovación del certificado, deberán observar lo dispuesto para el proceso de obtención del certificado. Link
5. ¿Qué pasa si mi certificado vence en 2022?
De conformidad con la Base Octava de la “Convocatoria para la certificación en materia de prevención
de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo”, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 06 de octubre del 2021, Los Certificados en materia de PLD/FT que terminen su vigencia el 12 de mayo y 25 de julio de 2022, continuarán vigentes hasta la notificación de los resultados de la primera evaluación del año 2022.
6. ¿A partir de qué momento las personas físicas pueden solicitar la certificación en materia de PLD/FT?
Las personas físicas podrán iniciar el proceso de certificación conforme a las fechas establecidas por la CNBV, para lo cual deberán consultar la Convocatoria que se publique en el Diario Oficial de la Federación. Link
7. ¿Cuál será el medio para llevar a cabo el proceso de certificación?
El registro, solicitud, envío de información y documentación, las notificaciones relacionadas con el proceso de certificación, así como la consulta de resultados de la evaluación, se realizarán de forma electrónica a través del portal de Internet http://www.gob.mx/cnbv , en la pestaña “Acciones y Programas” se debe ingresar al apartado “Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT)”, posteriormente en la sección denominada “Certificación CNBV en materia de PLD/FT” ingresar a la opción «Inicio para el Proceso de Certificación PLD/FT”, conforme a las especificaciones, términos y condiciones señalados en las “Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre 2021.
El cotejo de los documentos enviados electrónicamente con los originales, será llevado a cabo en forma previa a que los participantes sustenten su evaluación. La CNBV le notificará la fecha, hora y lugar en la que debe presentarse para tales efectos.
8. ¿Dónde puedo encontrar el instructivo?
El instructivo se encuentra en la sección denominada “Obtención del Certificado” que está disponible en la página de Internet de la CNBV, en el siguiente enlace: Instructivo de Obtención del Certificado
En dicho instructivo podrán encontrar información relacionada con el proceso.
9. ¿Cuáles son los requisitos para la obtención del certificado?
Son impedimentos para obtener o revocar el Certificado los siguientes:
- Haber sido sentenciado por algún delito patrimonial.
- Estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano o de cualquier otro país.
- La suspensión vigente, cancelación o revocación de algún registro para fungir como auditor externo independiente, o bien, que le haya sido revocado previamente algún Certificado por parte de la Comisión u otra certificación emitida por algún organismo autorregulatorio reconocido en términos de las disposiciones legales aplicables.
- Encontrarse en las listas oficiales que emitan autoridades mexicanas, organismos internacionales, agrupaciones intergubernamentales o autoridades de otros países, de personas vinculadas o probablemente vinculadas con operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo o su financiamiento, o con otras actividades ilegales.
Asimismo, deberán adjuntar la información y documentación siguiente:
- Identificación oficial vigente expedida por autoridad mexicana, la cual podrá ser la credencial para votar, el pasaporte, la cédula profesional o la licencia para conducir. Tratándose de personas físicas de nacionalidad extranjera, será necesario presentar el pasaporte y el documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su calidad migratoria y su legal estancia en territorio nacional.
- Currículum actualizado.
- Carta bajo protesta de decir verdad de que no se encuentra en los supuestos a que se refiere el artículo 9, fracciones I y II de las presentes disposiciones, así como que la información y documentación proporcionada conforme al presente artículo, es veraz.
- Comprobante del pago de derechos por concepto de certificación, el cual, una vez que haya sido aceptada su solicitud, no podrá volver a ser utilizado, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, en cuyo caso se deberá acreditar documentalmente.
- La demás señalada en el Instructivo.
Para la convocatoria 2020 ya no es necesario presentar los documentos que se solicitaban anteriormente como:
- – Contar con al menos nivel de estudios equivalente a licenciatura;
- – Experiencia de al menos 1 año en materia de PLD/FT;
- – Experiencia de al menos 4 años en la materia, para el caso de no contar con nivel de estudios equivalente a licenciatura;
- – Título o cédula profesional, en su caso;
- – Reporte de historial crediticio;
Documento relacionado: Link
10. ¿Dónde puedo encontrar el temario correspondiente a la certificación?
El temario para la certificación se encuentra disponible en el siguiente enlace: Temario
o en el siguiente Link
11. Una vez asignada la fecha para llevar a cabo la evaluación ¿podrá modificarse?
No. Una vez que el participante seleccione una fecha para la aplicación de la Evaluación a que se refieren las Disposiciones para la Certificación, no podrá modificarse, por lo que se sugiere elegir la fecha para la evaluación que más se ajuste a sus actividades.
12. ¿Existe algún curso de inducción antes de la evaluación para obtener la certificación?
La CNBV no imparte cursos de inducción para obtener el certificado, únicamente proporciona el temario y guía de estudio.
Sin embargo, IPROFI brinda éste servicio, consulte dicha información dando click en el siguente enlace:
https://iprofi.com.mx/examen_certificacion_pld_respuestas/
Adicionalmente, el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior, A.C. (CENEVAL) emitió una Guía para el participante, misma que puede ser de utilidad y podrá encontrar en el siguiente enlace:
Guía de estudio
13. ¿De qué manera la CNBV expedirá el certificado?
El certificado se emitirá electrónicamente y contendrá la fecha de emisión,
y será expedido bajo los estándares de seguridad e inviolabilidad que la propia CNBV considere. La lista de las personas certificadas será pública y podrá consultarse en la página de Internet de la CNBV, previo consentimiento del participante.
14. ¿El certificado que emite la CNBV cuenta con alguna vigencia?
El certificado tendrá una vigencia de 5 años. En ese sentido, se sugiere que las personas interesadas en renovar su certificado se inscriban en el proceso inmediato anterior al que venza su certificado. Lo anterior, con la finalidad de que las mismas puedan mantener su certificación de manera ininterrumpida, y que la falta de la misma no interfiera con el desarrollo de sus actividades.
Nota:
En la modificaciones a las DISPOSICIONES de carácter general… Publicadas en el DOF el 1 de noviembre de 2019, el CUARTO de los TRANSITORIOS señala:
«Los Participantes cuyo Certificado termine su vigencia en 2020, podrán presentar la solicitud de renovación correspondiente en cualquiera de los procesos referidos en la convocatoria que la Comisión emita para ese año.
15. ¿El certificado puede transferirse a otra persona?
No. El Certificado es personal, único e intransferible, por lo que solo es válido para la persona física a la que le sea emitido.
16. ¿Cuál es el importe del pago que se debe cubrir por concepto de certificación?
Para el ejercicio fiscal de 2015 tendrá un costo de $10,850.00
Para el ejercicio fiscal 2017 tendrá un costo de $11,544.29
Para el ejercicio fiscal 2018 tendrá un costo de $12,310.00
Para el ejercicio fiscal 2019 tendrá un costo de $12,889.00
Para el ejercicio fiscal 2020 tendrá un costo de $13,272.00
Para el ejercicio fiscal 2021 tendrá un costo de $13,714.00
Para el ejercicio fiscal 2022 tendrá un costo de $14,725.00
Para el ejercicio fiscal 2022 tendrá un costo de $14,725
(Catorce mil setecientos veinticinco pesos 00/100 M.N.).
17. ¿Cómo y dónde realizo el pago?
MANUAL PARA EL PAGO DE DERECHOS:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/544494/CertPLD-Manual_PagoDerechos_31032020.pdf
18. ¿Qué sucede si se hubiera realizado el pago por concepto de certificación con el monto aplicable para el ejercicio 2021?
En este caso, la CNBV lo prevendrá por no estar completo el pago; ante dicha prevención, es necesario que solicite la hoja de ayuda correspondiente a los correos siguientes:
rambriz@cnbv.gob.mx, valejo@cnbv.gob.mx, y certificacion.pago@cnbv.gob.mx,
para pagar la diferencia respectiva que es de $1,011 . Una vez efectuado el pago por el monto faltante, deberá digitalizarlo y enviarlo en un mismo archivo, junto con el primer pago.
19. ¿Quiénes están obligados a contar con la certificación?
El oficial de cumplimiento,
el auditor interno y/o el auditor externo independiente,
de las entidades supervisadas por la CNBV.
20. ¿Dónde encuentro las Disposiciones de Carácter General en materia de prevención, operaciones posiblemente vinculadas con los delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, de financiamiento al terrorismo?
UIF Marco jurídico, Disposiciones de Carácter General:
https://www.gob.mx/shcp/documentos/uif-marco-juridico-disposiciones-de-caracter-general
o en el siguiente Link
También puede consultar los siguientes enlaces:
- Más información
- Convocatoria de Certificación en materia de PLD/FT 2022
- Temario 2022
- Guía 2022
- Instructivo para el proceso de Certificación PLD/FT
- Aviso de Privacidad
- Inicio para el Proceso de Certificación PLD/FT
- Manual de Pago de derechos
- Preguntas frecuentes
Fuente: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/720713/CertPLD-PreguntasFrecuentes_2022_2704.pdf
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3.- GUÍA DESARROLLADA CONTESTADA.
Guía de estudio para la certificación de Oficial de cumplimiento 2022.
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4.- MATERIAL EN VIDEO.
Tendrá acceso al material en video. Todo el contenido bajo la temática establecida por la CNBV.
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5.- EXAMEN SIMULADOR (PRE EXAMEN).
Para que el participante se enfrente a una evaluación.
6.- SEGUIMIENTO CONSTANTE.
No se trata de que adquiera el curso y después abandonarlo, deseamos que acredite y para ello le damos seguimiento constante.
7.- ASESORÍA PERSONALIZADA PARA EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN ANTE CNBV.
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